El juez procesa al fiscal general del Estado por revelación de secretos

El magistrado del Tribunal Supremo (TS) Ángel Hurtado ha acordado procesar al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y a la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, por un presunto delito de revelación de secretos cometido contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, basándose principalmente en la filtración del 'email' donde el empresario se ofrecía a reconocer delitos para pactar. Además, insiste en afirmar que actuó por "indicaciones" del Gobierno, informa Europa Press.
La decisión tiene lugar ocho meses después de que el Supremo asumiera la investigación el pasado octubre. En un principio, cuando el asunto estaba en manos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), la causa se centró en la nota de prensa que emitió la Fiscalía el 14 de marzo de 2024 para dar detallada cuenta del intercambio de correos electrónicos entre la defensa de González Amador y el fiscal a cargo de la investigación fiscal, Julián Salto.
Cuando el caso saltó al Supremo, el alto tribunal abrió causa contra el fiscal general por un presunto delito de revelación de secretos, pero descartó la entidad delictiva de dicha nota de prensa. No obstante, en los meses siguientes se fue ampliando la investigación: para abarcar otra vez el citado comunicado, para incluir las presuntas filtraciones de las diligencias de la Fiscalía contra González Amador por presunto fraude fiscal, y para añadir también el correo electrónico que su defensa envió el 2 de febrero de 2024 ofreciéndose a reconocer los delitos fiscales a cambio de pactar.
Ahora, al poner fin a las pesquisas, el magistrado instructor, Ángel Hurtado cree que, a nivel indiciario, cabe presumir que García Ortiz facilitó a un medio de comunicación, concretamente a la 'Cadena SER', el contenido de ese 'email' del 2 de febrero, sujeto a "criterios de reserva y confidencialidad".
En concreto, Hurtado ha dictado auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, equivalente a procesamiento, contra García Ortiz y Rodríguez al considerar confirmados los indicios de delito contra ellos, informa Efe.
El magistrado señala que, a nivel indiciario, cabe presumir que el fiscal general facilitó a un medio de comunicación el confidencial contenido de un correo, de 2 de febrero de 2024, en el que el abogado de Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, "de común acuerdo" admitía al fiscal la comisión de dos delitos fiscales en su nombre. Un correo que le fue remitido por la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.
Hurtado destaca que dicho correo contenía información sensible relativa a aspectos y datos personales de González Amador, en una conversación privada entre letrado y fiscal que está sujeta a criterios de reserva y confidencialidad.
La decisión tiene lugar ocho meses después de que el Supremo asumiera la investigación el pasado octubre. En un principio, cuando el asunto estaba en manos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), la causa se centró en la nota de prensa que emitió la Fiscalía el 14 de marzo de 2024 para dar detallada cuenta del intercambio de correos electrónicos entre la defensa de González Amador y el fiscal a cargo de la investigación fiscal, Julián Salto.
Cuando el caso saltó al Supremo, el alto tribunal abrió causa contra el fiscal general por un presunto delito de revelación de secretos, pero descartó la entidad delictiva de dicha nota de prensa.
No obstante, en los meses siguientes se fue ampliando la investigación: para abarcar otra vez el citado comunicado, para incluir las presuntas filtraciones de las diligencias de la Fiscalía contra González Amador por presunto fraude fiscal, y para añadir también el correo electrónico que su defensa envió el 2 de febrero de 2024 ofreciéndose a reconocer los delitos fiscales a cambio de pactar.
Ahora, al poner fin a las pesquisas, Hurtado cree que, a nivel indiciario, cabe presumir que García Ortiz facilitó a un medio de comunicación, concretamente a la Cadena SER, el contenido de ese 'email' del 2 de febrero, sujeto a "criterios de reserva y confidencialidad".
El magistrado incide en que, "a raíz de indicaciones recibidas de Presidencia del Gobierno, y aprovechando información publicada en el diario El Mundo, a las 21:29 horas del día 13 de marzo de 2024, titulada 'La Fiscalía ofrece a la pareja de Ayuso un pacto para que admita dos delitos fiscales'", "entró en una dinámica de un frenético intercambio de comunicaciones entre distintos fiscales, principalmente a través del sistema de mensajería mediante WhatsApp, para preparar una respuesta, y dejar bien claro que, a juicio del investigado, la Fiscalía no había ofrecido ningún pacto".
Y ello, señala el instructor, "con la finalidad de ganar el relato a esa información por parte de la Fiscalía, sobre una cuestión de tan escasa relevancia como de quién había surgido la iniciativa para llegar a un acuerdo en un pacto de conformidad penal".
Hurtado también destaca que, "paralelamente, desde Fiscalía General del Estado, y antes de que hubiera tenido difusión por otros medios el correo de 2 de febrero de 2024", se envió copia del mismo a la entonces asesora de Moncloa Pilar Sánchez Acera, "quien hizo uso de él, dando instrucciones a Juan Lobato, portavoz del grupo parlamentario Socialista en la Asamblea de Madrid, para que lo exhibiese en su intervención en la sesión del día 14 de la Asamblea de la Comunidad de Madrid, en contra de la Presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso".
El Supremo sostiene que ese 'email' "contenía información sensible relativa a aspectos y datos personales de un ciudadano, que habían sido aportados con vistas y a los efectos de un ulterior proceso penal, en el curso de unas conversaciones privadas entre su letrado y el fiscal encargado del caso, sujetos a los criterios de reserva y confidencialidad por parte de la Fiscalía, que han de presidir este tipo de conversaciones", por lo que afirma que "no es tolerable divulgación alguna a terceros sin autorización del interesado, cuya reputación bien pudiera verse perjudicada por esa revelación".
Para Hurtado la "filtración del correo pone en cuestión el prestigio de la institución, con el menoscabo que ello comporta, si ponemos la mira en el cometido y función constitucional que le viene encomendada al Ministerio Fiscal, sujeto en esa función a principios como el de legalidad e imparcialidad, que pueden quedar en entredicho en la medida que su actuación se viera comprometida por indicaciones externas, y, sin duda, tener indudables efectos perjudiciales en el fundamental derecho de defensa del afectado".
El instructor indica que "todo ello fue asumido por los investigados, desde el momento que, a una información confidencial de la que tuvieron conocimiento por razón de sus respectivos cargos como fiscales, le dan una publicidad que no debió alcanzar, como alcanzó, al salir del ámbito de reserva para el que fue concebida".
Entre los indicios que le llevan a situar a García Ortiz a un paso del banquillo, el instructor señala el hecho de que borrara la información contenida en sus teléfonos móviles y en su cuenta personal de Gmail.
"El investigado, a diferencia de la investigada, ha hecho desaparecer de sus dispositivos móviles cuanta información pudiera haber en ellos, lo que, al ser así, gracias a ese aseguramiento de prueba que se tuvo presente desde el primer momento, podría haber permitido acceder a una información, presumiblemente relevante, como apunta a ello la propia circunstancia de hacerla desaparecer, quedando, con ello, frustrada una parte de la investigación que podría haberse acordado y ser útil, sobre el material que se pretendía asegurar para un eventual análisis", le reprocha.
Además, aprovecha para responder a los escritos de las defensas, que le pidieron archivar las pesquisas al considerar que el hecho de que tanto González Amador como su abogado, Carlos Neira, reconocieran ante el TS que el empresario conocía las negociaciones para llegar a un acuerdo rompe cualquier secreto que pudiera protegerlas.
Hurtado discrepa razonando que el secreto es "un concepto asociado a la intimidad personal, que goza, por lo tanto, de una protección constitucional, con lo que queda garantizado el derecho de su dueño, para que sea él, exclusivamente, el que libremente elija a quien transmite su propio mensaje, de manera que, si se trata de secretos de un particular, su guarda depende de la exclusiva voluntad del afectado".
"Su intimidad se verá violada si un tercero los sustrae irregularmente y en contra de su voluntad y los difunde, con el consiguiente perjuicio que ello lleva aparejado. Por lo tanto, el secreto existirá mientras su dueño no le quiera dar publicidad, y el secreto seguirá siendo un secreto mientras no lo desvele, y, si otro lo revela, estará quebrantando la reserva inherente a ese secreto y, con ello violando un derecho a la intimidad personal", recalca.
Con todo, concluye que "la confidencialidad y reserva a que tenía derecho González Amador sobre el concreto contenido del correo de 2 de febrero de 2024, solo se vio quebrada cuando alguien ajeno a él y sin su autorización filtró su contenido" porque "una cosa era la divulgación consentida del correo de 12 de marzo de 2024, que no supone quiebra alguna sobre la confidencialidad que caracteriza el delito de revelación se decretos, y otra completamente distinta la filtración del contenido de los datos personales de un ciudadano, que no lo autoriza, y su posterior continuación en la nota del día 14".
Pilar RodríguezEn cuanto a la decisión del magistrado del Tribunal Supremo para procesar a la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, junto a García Ortiz, concluye que sabía que los correos electrónicos relativos a González Amador serían difundidos.
En un auto dictado este mismo lunes, recogido por Europa Press, Hurtado sostiene que Rodríguez "sabía" que de los correos relativos a González Amador "que hacía llegar al fiscal general del Estado" se estaba "haciendo un manejo de ellos ajeno a los fines propios del proceso penal para el que fueron creados".
"Desde el primer momento, conocía que pasarían a tener por finalidad elaborar una nota para desmentir una información que estaba circulando por las redes sociales, con lo que, al ser así, cabe presumir, razonablemente, que tal material fuera a tener difusión a través de similares redes sociales, saliendo, con ello, del marco de confidencialidad y reserva para el que fueron concebidos", apunta.
Al hilo, el magistrado hace referencia a la conversación que la propia Rodríguez mantuvo con la fiscal jefa de la Fiscalía Superior de Madrid, Almudena Lastra, en la que ésta le advierte de que los correos se podían filtrar.
En el marco de la resolución, el instructor también destaca la participación de Rodríguez en la producción de la nota de prensa que difundió la Fiscalía el 14 de marzo de 2024 con el detalle de las comunicaciones cruzadas entre el abogado del novio de Díaz Ayuso y el fiscal que llevaba su caso, Julián Salto.
Hurtado incide en que el borrador de la nota "pasó por sus manos" y el fiscal general le pidió expresamente: "Échale un vistazo y dime si está bien (no las fechas que lo están) sino el fondo". Para el instructor, ello es "bastante más que un formalismo, en cuanto aprueba su contenido de fondo".
Además, el magistrado sostiene que Rodríguez pareció no quedar "contenta" con el contenido de la nota y recuerda que le dijo a García Ortiz: "Aunque dan ganas de incorporar un poquito más de cianuro". En este sentido, considera que tuvo una "intervención activa" en la elaboración de dicha nota de prensa que además se difundió con el encabezado de la Fiscalía Provincial de Madrid, de la que es jefa.
Así las cosas, el instructor indica que no puede archivar el procedimiento para Rodríguez, como reclamaba su defensa, y acuerda su procesamiento por un presunto delito de revelación de secretos.
El jefe del Ministerio Público no se plantea dimitir, según fuentes fiscales consultadas por Europa Press, y se mantiene firme en la decisión que adoptó el pasado 16 de octubre, cuando el Supremo le encausó por las presuntas filtraciones en torno a la investigación contra González Amador por presuntos delitos fiscales. El fiscal general considera que no hay pruebas de la comisión de delito.
En su auto, el instructor asegura que el email difundido contenía "información sensible" sobre la causa en la que se investiga a Alberto González Amador e indica que el fiscal general actuó siguiendo "indicaciones recibidas de presidencia del Gobierno" para "ganar el relato", aunque el escrito no menciona pruebas concretas que respalden esta información.
Por ello, ha señalado fuentes consultadas por Servimedia, se "reafirma en su compromiso de continuar defendiendo la actuación y la integridad de la institución que representa al frente de la misma" y reitera su inocencia sobre los hechos que se le imputan.
El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, ha afirmado que el Gobierno mantiene la "confianza" en él y descarta que tenga que dimitir, después de que el Tribunal Supremo haya acordado procesarle por un presunto delito de revelación de secretos.
Torres ha hecho hincapié en que debe respetarse la "presunción de inocencia" del fiscal así como los "pasos" de la Justicia y ha señalado que ha habido casos de personas que han acabado en juicio oral que finalmente han sido "exoneradas", según ha indicado en declaraciones al programa 'Mañaneros' de Televisión Española.
Al ser preguntado sobre si es sostenible que haya un fiscal sentado en el banquillo de los acusados, defiende que por el momento no existe un fallo sino un proceso de instrucción que culmina ahora "en el que ha habido mucha opinión sobre cómo se ha realizado". Por tanto considera que esta presunción de inocencia "hay que mantenerla hasta el final".
El líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, ha vuelto a pedir hoy su salida y ha aprovechado para insistir en que Pedro Sánchez tiene también que dejar la Presidencia del Gobierno, aunque sin mencionarle expresamente, señalando en en X pocos minutos después de conocer la decisión del Supremo que "es el momento de que se vaya él y quien le daba las indicaciones". También diputados como Cayetana Álvarez de Toledo y la vicesecretaria del PP Carmen Fúnez han pedido la "dimisión inmediata" del fiscal general.
"¿Cuándo va a pedir perdón Sánchez a los españoles?", subrayó Álvarez Toledo. "¿De quién depende el fiscal general cuyo procesamiento acaba de ordenar el Tribunal Supremo? Pues eso", señaló Fúnez, por su parte.
El ministro de Transportes, Óscar Puente, atribuye por su parte a la "oposición real" el procesamiento del fiscal general. "La oposición real de este país tiene que salir todos los lunes a arreglar los desaguisados de Feijóo. El desastre de su manifestación de ayer tiene que haberles sentado fatal", ha escrito en X.
Puente vincula así la decisión del juez del Tribunal Supremo Ángel Hurtado con la concentración convocada por el PP contra el presidente Pedro Sánchez celebrada ayer en la madrileña plaza de España y cuyo alcance ha minimizado el Gobierno y el PSOE, hasta el punto de calificar de "pinchazo" su seguimiento.
Los populares cifraron en más de 100.000 personas los asistentes pero la Delegación del Gobierno en Madrid rebajó esa cifra a la mitad.
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