El Supremo, preocupado por la imagen de un fiscal general acusado en el año judicial

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, no podrá evitar sentarse en el banquillo de los acusados por un presunto delito de revelación de secretos. Una vez resuelto el recurso, el juez del Tribunal Supremo Ángel Hurtado tiene vía libre para dictar el auto de apertura de juicio oral, que ya no es recurrible, lo que significa que García Ortiz será formalmente acusado.
El estatuto del ministerio público recoge que, una vez dictado auto de apertura en un procedimiento contra un miembro de la carrera fiscal, este será suspendido de sus funciones hasta conocer la sentencia. Sin embargo, en este caso, García Ortiz, al ser designado fiscal general del Estado, no le afecta el estatuto. Esto significa que seguirá ejerciendo el cargo a pesar de estar acusado si no dimite voluntariamente.
Fuentes del Supremo ya vislumbran una situación de gran incomodidad y preocupación el 5 de septiembre cuando se celebre el acto de apertura del año judicial, presidido por el rey Felipe, que se sentará junto a la presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló, y el propio fiscal general, que deberán dar un discurso. En el caso de García Ortiz, leerá los datos de la memoria de la Fiscalía del 2024.
La sala de apelaciones del Tribunal Supremo rechazó ayer su recurso y validó la instrucción realizada por el magistrado Ángel Hurtado contra García Ortiz por haber filtrado a la prensa unos correos electrónicos reservados entre el abogado del empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y el fiscal que le investigaba por fraude fiscal. Esos correos, donde la defensa del empresario reconocía su falta y estaba dispuesto a pagar un multa con tal de no ir a juicio, acabaron en la prensa.
Lee tambiénDos de los tres magistrados de la sala, Julián Sánchez Melgar y Eduardo de Porres, sostienen que hay indicios suficientes contra el fiscal general del Estado. El tercero, Andrés Palomo, apoya el sobreseimiento, una postura en la que ha quedado en minoría. No le ha pasado lo mismo a la segunda procesada, la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, para quien sí se ha acordado por unanimidad el sobreseimiento de la causa al no existir indicios suficientes de que participara en la filtración de los correos electrónicos.
Indicios provisionalesEl Alto Tribunal ha validado los indicios recogidos por Hurtado, con los que concluye, “de forma provisional y exclusivamente a los efectos propios de esta resolución, que la filtración en la noche del día 13 de marzo del 2024 del correo a la prensa, que contenía información reservada y que no debía publicarse, y su posterior inclusión en la nota informativa elaborada por el fiscal general del Estado y publicada en la mañana del siguiente día fue una actuación coordinada e impulsada personalmente por García Ortiz, quien había reclamado el correo dos horas antes de su publicación con objeto de su difusión”.
El 14 de marzo, la Fiscalía General decidió difundir una nota de prensa para explicar los contactos que hubo entre la defensa del novio de Díaz Ayuso y el fiscal que le había denunciado por fraude. Esta explicación se produce porque el día anterior, el diario El Mundo publicó una información que decía que el fiscal había propuesto a González Amador un acuerdo de conformidad que se había bloqueado por orden del fiscal general.
Aquella información era falsa porque la petición de acuerdo vino del abogado defensor, quien ofrecía un reconocimiento del fraude y el pago de una multa. El fiscal Julián Salto le dijo que lo estudiaría, pero no podía evitar ser denunciado por dos delitos fiscales y otro de falsedad documental.
A raíz de esta primera publicación, otros medios publicaron noticias que explicaban la totalidad de los correos para dar veracidad a los hechos. Tanto para Hurtado como para la sala, el hecho de filtrarse todos los correos fue una revelación de secretos, aunque González Amador autorizase la distribución parcial de esos correos para dar a entender que había habido una maniobra política contra él.
El auto también reprocha a García Ortiz que haya alegado que en la causa no se han podido analizar los mensajes y correos enviados y recibidos por él. “Resulta llamativo este argumento final. La desaparición de la información de los dispositivos móviles y correos desde criterios de racionalidad elementales tuvo por finalidad ocultar la información ante una posible investigación y no puede quejarse quien la hizo que ahora tiene limitada su defensa”, añade.
La resolución contó con un voto particular del magistrado Andrés Palomo, quien sostiene que existe una veintena de personas que tenían acceso a esa información y por tanto no se puede descartar que quien hizo llegar esos datos a la prensa la noche anterior a la nota de prensa pudo ser otra persona. En su voto, el magistrado defiende el sobreseimiento de la causa. Primero, porque sostiene que de la nota informativa que se publicó el 14 de maro del 2024 no hay ningún dato reservado que conlleve ningún tipo delictivo, y, segundo, porque esos correos pasaron por muchas manos.
lavanguardia