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Histórico en Edomex: Acechar a Alguien ya es Delito; Será Agravante de Feminicidio

Histórico en Edomex: Acechar a Alguien ya es Delito; Será Agravante de Feminicidio

Histórico en Edomex: Acechar a Alguien ya es Delito; Será Agravante de Feminicidio
El Congreso del Estado de México aprobó por unanimidad reformas para tipificar el delito de acecho e incluirlo como una agravante en el feminicidio. Conoce los detalles de esta medida.

En una decisión unánime, el Congreso del Estado de México aprobó reformas al Código Penal para tipificar el delito de acecho, conocido en inglés como stalking. Esta conducta, además, se considerará una circunstancia que agrava el delito de feminicidio, marcando un avance significativo en la protección de las mujeres.

El pleno del Poder Legislativo del Estado de México ha dado un paso crucial en la lucha contra la violencia de género al aprobar por unanimidad la tipificación del delito de acecho. Esta reforma al Código Penal estatal busca sancionar una conducta que a menudo es el preludio de crímenes más graves, como lesiones, violación o feminicidio. La nueva legislación no solo crea un tipo penal específico para el stalking, sino que también lo establece como una agravante en los casos de feminicidio.

El acecho, o stalking, se define como la persecución persistente e intrusiva de una persona, generando en la víctima un estado de temor, angustia e inseguridad que altera el curso normal de su vida. Esta conducta puede manifestarse de diversas formas:

  • Vigilancia constante en el domicilio, trabajo o lugares que frecuenta la víctima.
  • Apariciones «casuales» y no deseadas en los mismos lugares.
  • Llamadas, mensajes o comunicaciones no deseadas y persistentes a través de medios digitales o tradicionales.
  • Envío de regalos no solicitados.
  • Amenazas directas o veladas.

Con la nueva reforma, estas acciones ya no serán consideradas como faltas menores o asuntos no penales, sino como un delito que podrá ser denunciado y sancionado. La iniciativa, impulsada por diversas bancadas, reconoce que el acecho es una forma de violencia psicológica que causa un daño profundo y que frecuentemente escala a la violencia física.

Quizás el punto más relevante de la reforma es la inclusión del acecho como una circunstancia que agrava la pena para el delito de feminicidio. Esto significa que si se comprueba que el feminicida acechó a su víctima antes de cometer el crimen, la sentencia que reciba podría ser mayor.

Esta medida responde a una realidad documentada por colectivos y activistas: en un alto porcentaje de los casos de feminicidio, las víctimas habían reportado previamente a familiares, amigos o incluso autoridades que estaban siendo acosadas, perseguidas o vigiladas por su agresor. Al convertir el acecho en una agravante, el sistema de justicia reconoce este patrón y envía un mensaje contundente de que estas conductas de acoso previo serán tomadas con la máxima seriedad.

La aprobación de esta reforma se da en un contexto en el que el Estado de México enfrenta serios desafíos en materia de violencia de género. El Congreso local ha tomado otras medidas, como la verificación del uso de recursos en municipios con alerta de género. Además, casos recientes como el feminicidio de Natalia, una joven de 14 años en Otzolotepec, subrayan la urgencia de fortalecer el marco legal para proteger a las mujeres y niñas.

«Congreso mexiquense aprobó tipificar el delito de acecho. También se incorpora como circunstancia adicional que configura el delito de feminicidio».

Con esta legislación, el Estado de México se une a otras entidades que han avanzado en la tipificación del acecho, respondiendo a un reclamo social y a la necesidad de contar con herramientas legales más eficaces para prevenir la violencia y castigar a los agresores desde las primeras manifestaciones de su conducta criminal.

Ian Cabrera
La Verdad Yucatán

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