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Diversidad familiar: avances legales y tensiones pendientes

Diversidad familiar: avances legales y tensiones pendientes

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En la actualidad, Colombia se enfrenta a un momento de transformación profunda en el reconocimiento jurídico de las nuevas formas de familia. Aunque en las últimas dos décadas la jurisprudencia ha jugado un papel clave en la ampliación de derechos para parejas del mismo sexo y otros modelos familiares no tradicionales, aún persisten importantes tensiones.

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El marco normativo colombiano aún presenta vacíos frente a la diversidad familiar. Yadira Elena Alarcón Palacio, directora de la especialización en derecho de familia de la Pontificia Universidad Javeriana, advierte que la principal tensión radica en que “el régimen general del derecho de familia del Código Civil está pensado más que todo en parejas heterosexuales, ya que fue fundado en la codificación del siglo XIX”.

A pesar de que las altas cortes han venido construyendo un derecho de familia más incluyente, la falta de una sistematización normativa “sigue generando problemas del alcance del régimen aplicable para las familias diversas”, señala la experta.

En la misma línea, Mario Ernesto García Martínez, director general de Environmental & Mining Lawyers, señala que el mayor conflicto no sólo es jurídico, sino cultural: “Colombia es un país muy conservador que ha comenzado a cambiar, aunque muy lento”.

Según él, las familias, como las LGBTIQ+, las monoparentales, las reconstituidas y las formadas por decisiones reproductivas no convencionales; enfrentan rechazo social desde sus propios entornos familiares hasta instituciones del Estado y espacios públicos.

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Filiación en pareja

Uno de los campos con mayor complejidad jurídica en la actualidad es el de la filiación en parejas del mismo sexo, especialmente cuando se recurre a técnicas reproductivas asistidas o a la gestación subrogada.

En relación a esto, Alarcón Palacio sostiene que, si bien “el registro civil de nacimiento ya permite anotar los apellidos, indistintos del género de un progenitor, de otro o de ambos”, la ausencia de una regulación clara sobre la filiación con técnicas asistidas deja a estas parejas en un limbo legal.

La Corte Constitucional ha intentado llenar parte de ese vacío. Según la directora de la especialización en derecho de familia de la Pontificia Universidad Javeriana, ha fijado algunos parámetros para que la gestación subrogada se realice bajo condiciones específicas, como que la mujer gestante tenga más de 25 años, haya tenido hijos biológicos y cuente con preparación psicológica y consentimiento informado.

Sin embargo, este tipo de procedimientos aún genera conflictos como el apatrismo, especialmente cuando intervienen ciudadanos extranjeros cuyos países de origen no reconocen la filiación derivada de una gestación subrogada.

García también enfatiza esta limitación: “La ley no establece claramente mecanismos específicos para reconocer la filiación no biológica en parejas del mismo sexo”. Aunque fallos como la sentencia C-683 de 2015 de la Corte Constitucional abrieron la puerta a la adopción conjunta por parte de estas parejas, persiste una falta de regulación que detalla cómo abordar legalmente los diferentes escenarios reproductivos.

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Adopción, logros jurisprudenciales

En el campo de la adopción, Colombia ha logrado importantes avances jurídicos. Alarcón indica que inicialmente hubo cuestionamientos sobre la idoneidad de las parejas del mismo sexo para adoptar, pero “esto fue superado también por vía jurisprudencial”. Hoy en día, la orientación sexual ya no es un impedimento legal, sino que se evalúa la capacidad de la pareja para garantizar condiciones económicas y sociales adecuadas para el menor.

Sin embargo, en la práctica aún se enfrentan obstáculos institucionales. García señala que “algunas entidades como el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar tienen la potestad legal de negar los permisos de adopción con base en sus propios lineamientos”.

Este panorama evidencia la distancia que aún existe entre el avance jurisprudencial y la implementación efectiva de derechos. La Corte Constitucional ha sentado bases sólidas, pero sin un desarrollo legislativo claro y sin voluntad institucional coherente, muchos de estos avances se diluyen en la cotidianidad de las oficinas públicas y juzgados.

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TATIANA [email protected]

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