Derechos LGBTQ+ y crianza: Se aprueba la licencia de paternidad para futuras madres

En los últimos años, el reconocimiento de los derechos de las familias LGBTQ+ ha avanzado significativamente. Entre los temas más relevantes se encuentra el de la madre intencional. Una sentencia ha establecido una innovación significativa: incluso la madre intencional tiene derecho a la baja por paternidad . Este reconocimiento representa un punto de inflexión histórico para garantizar la igualdad y la protección de los diferentes modelos de crianza.
¿Quién es la futura madre?La madre intencional es aquella que, a pesar de no tener un vínculo biológico con el niño, asume activamente el rol parental dentro de la pareja. En muchos casos, este tipo de crianza se da en familias del mismo sexo o en centros de reproducción asistida, donde ambas madres están inscritas como padres en el registro civil .
Hasta ahora, la ley no reconocía el derecho de la madre intencional a la licencia obligatoria, la cual estaba reservada exclusivamente al padre biológico o adoptivo . Esto creaba una situación de desigualdad, privando a la "segunda madre" de un beneficio fundamental durante los primeros días de vida del niño.
La Corte Constitucional, mediante sentencia n° 115/2025, declaró inconstitucional el artículo 27 bis del Decreto Legislativo 151/2001 , que limitaba la licencia obligatoria únicamente al padre biológico.
El Tribunal enfatizó que esta exclusión era discriminatoria e incompatible con el principio de igualdad consagrado en el Artículo 3 de la Constitución. Los jueces enfatizaron que la función parental no puede basarse únicamente en factores biológicos , sino que también debe considerar el reconocimiento legal y el ejercicio efectivo de las responsabilidades parentales. Excluir a la madre intencional del derecho a licencia constituyó una violación de los derechos fundamentales tanto de los padres como del niño, por lo que la disposición fue declarada inconstitucional.
Las madres intencionales tienen derecho a la baja por paternidad: ¿qué cambia tras la sentencia?La reciente sentencia n.º 115/2025 del Tribunal Constitucional marca un hito en el reconocimiento de los derechos de las familias del mismo sexo. Con esta decisión, incluso la futura madre podrá disfrutar de los 10 días de permiso remunerado obligatorio , que anteriormente solo se otorgaban al padre.
Por lo tanto, este derecho se extenderá a todas las madres registradas, independientemente de su vínculo biológico u orientación sexual. Para las empresas y los legisladores, esto implica adaptar la normativa vigente a un marco legal más inclusivo que proteja la igualdad de trato y el bienestar del niño.
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