Despidos ilegítimos: el Tribunal Constitucional desmantela otra pieza de la Ley de Empleo: el límite de seis meses es inconstitucional, era una de las preguntas del referéndum.

La decisión de los jueces

Los referendos sobre el empleo promovidos por la CGIL y el Partido Demócrata fracasaron en las urnas por falta de quórum entre los habilitados para votar, pero una de las preguntas planteadas por el sindicato fue desmantelada por el Tribunal Constitucional .
De hecho, el Tribunal Constitucional ha establecido que el límite de seis meses de salario para las indemnizaciones en caso de despido improcedente en las pequeñas empresas es inconstitucional .
La referencia se refiere al artículo 9, apartado 1, del Decreto legislativo n.º 23 de 2015 (Ley de empleo de la era Renzi), que establece que en caso de despido improcedente por parte de un empresario que no cumpla los requisitos de tamaño del artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores (es decir, que emplee no más de 15 trabajadores en una unidad de producción o dentro de un municipio, y en todo caso no más de sesenta empleados), el importe de la indemnización "no podrá en ningún caso superar el límite de seis meses de salario" del salario de referencia final para el cálculo de la indemnización por despido por cada año de servicio.
Según los jueces del Tribunal Constitucional, la imposición de un límite máximo tan fijo e insuperable con independencia de la gravedad de la infracción del despido, unido a la previsión de reducir a la mitad las cantidades especificadas en la propia Ley de Empleo, limita el importe de la indemnización a un rango tan estrecho que el juez no puede respetar los criterios de personalización, adecuación y conveniencia de la indemnización por los daños sufridos por el trabajador despedido ilegalmente, ni asegurar el efecto disuasorio de la propia indemnización frente al empresario.
Por este motivo, el Tribunal Constitucional expresa su esperanza de una intervención legislativa , en concreto del Parlamento, sobre la cuestión de los despidos de trabajadores de empresas por debajo del umbral: los jueces recuerdan que en la legislación europea, y también en la italiana (aunque en otros sectores como las crisis empresariales), el criterio del número de trabajadores no constituye el indicador exclusivo de la solidez económica de la empresa y, por tanto, de la sostenibilidad de los costes asociados a los despidos ilegítimos.
Para el Partido Demócrata, la decisión de la Corte Constitucional " certifica las razones de los promotores y de los 13 millones de ciudadanos que votaron en el referéndum para eliminar el tope de seis meses de salario a las indemnizaciones por despidos injustificados en empresas con menos de 15 empleados. Estaban en lo cierto", dijeron María Cecilia Guerra , diputada y titular de Trabajo del Partido Demócrata, y Arturo Scotto , líder del grupo del Partido Demócrata en la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados.
El Tribunal "lo hizo utilizando la misma lógica que el referéndum: el rango de 0 a 6 meses no permite al juez considerar adecuadamente las circunstancias, y el número de empleados no es un indicador preciso de la solidez económica de la empresa. El Tribunal insta a que se tomen medidas legislativas para abordar la sentencia de inconstitucionalidad. Instaremos al gobierno a que responda a la solicitud de este Tribunal, incluso presentando un proyecto de ley sobre el tema en los próximos días", escribieron los dos diputados del Partido Demócrata en un comunicado.
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