El Gobierno refuerza el control y la supervisión del sistema eléctrico para evitar apagones

El Consejo de Ministros, a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado hoy un Real Decreto-ley para reforzar la supervisión y resiliencia del sector eléctrico, que incluye medidas para el control del cumplimiento de las obligaciones de los distintos agentes, la inclusión de nuevas herramientas para reforzar el sistema, además de medidas para impulsar la electrificación, el almacenamiento y la flexibilidad.
“El sistema eléctrico español tenía todo lo necesario para funcionar correctamente el 28 de abril. Pero hemos hecho un ejercicio de análisis que nos permite avanzar en medidas que nos protegerán de mejor manera, medidas de anticipación”, ha subrayado la vicepresidenta Aagesen.
Para reforzar la gestión técnica del sistema eléctrico, el Gobierno ha solicitado a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), evaluar las obligaciones de control de tensión de los agentes del sistema eléctrico obligados a prestar el servicio, y elaborar el informe correspondiente en un máximo de seis meses. Ese informe además deberá actualizarse cada tres meses.
El regulador independiente también completará un plan de inspección extraordinario de las capacidades de reposición, con mayor atención a las instalaciones con arranque autónomo y las redes de distribución, que se repetirá cada tres años.
Con esta medida el Gobierno busca que evitar en el futuro el cruce de acusaciones sobre la responsabilidad del apagón que se está viviendo desde el pasado 28 de abril. En este sentido la Ministra para la Transición Ecológica, Sara Aagesen, ha explicado durante la presentación de este real decreto tras el Consejo de Ministros, que Iberdrola ha solicitado por carta que se libere la información de sus datos relativa a sus instalaciones en el informe del apagón. “Dado que los trabajos del comité de análisis del apagón ya han finalizado invito a todos las compañías implicadas a que sean ellas las que hagan pública esa información”.
En cuanto al resto de medidas de real decreto aprobado también se encuentra un encargo para el Operador del Sistema –Red Eléctrica– de realizar propuestas de modificaciones normativas sobre las respuestas frente a las oscilaciones de potencia, sobre la velocidad de variación de tensiones, sobre la programación de las restricciones técnicas y sobre otros elementos técnicos que contribuyen a fortalecer la seguridad del sistema.
De igual modo, se le encomienda el desarrollo de un nuevo procedimiento de operación para coordinar los planes de desarrollo de la red de transporte y de la red de distribución y una propuesta de requisitos mínimos de monitorización para análisis de incidentes.
Estas propuestas técnicas deberán estar listas en plazos de tres a 15 meses. Las reformas normativas subsiguientes deben estar aprobadas en menos de seis meses.
Red Eléctrica así mismo incorporará a sus funciones la de servir como punto de acceso único a los datos de los clientes finales –siempre respetando la confidencialidad de la información personal– para mejorar el funcionamiento de los mercados de electricidad.
Hasta ahora, esta información, procedente de 30 millones de contadores inteligentes, se encuentra repartida por más de 300 compañías distribuidoras.
Para profundizar en el proceso de electrificación de la economía y agilizar la adaptación de la infraestructura eléctrica a las necesidades del tejido productivo, cada tres años se revisará la planificación de la red de transporte en vigor, lo que iniciará un nuevo ciclo de planificación sexenal, y se aprobarán modificaciones de aspectos puntuales cada dos años. De manera excepcional, para anticipar futuras necesidades de regulación de tensión y amortiguamiento de oscilaciones, entre otras variables eléctricas, se modificará con tramitación acelerada la vigente Planificación con horizonte 2026 para incluir compensadores síncronos, reactancias y otros elementos que presten servicios adicionales, lo que, a la par, reducirá el coste de las restricciones técnicas.
Para facilitar la conexión a las redes eléctricas de nuevas actividades económicas, industriales principalmente, se revisa la normativa de acceso y conexión de la demanda, fijando en cinco años el plazo de caducidad de los derechos de acceso, lo que posibilitará un mayor aprovechamiento de redes existentes y, actualmente, en desuso. Igualmente, se acortan los plazos para que las empresas eléctricas atiendan nuevos suministros y se adoptan disposiciones para agilizar la conexión de nuevos accesos para demanda, principalmente industrial. Las facilidades de conexión alcanzan igualmente a las acometidas de los puntos de recarga para vehículos eléctricos, que quedan exentas de autorización, siempre que no sea necesaria una evaluación de impacto ambiental ni una declaración de utilidad pública. En la línea de medidas de electrificación, al objeto de fomentar el autoconsumo, la distancia máxima entre la generación y el consumo aumenta a 5 Km para instalaciones menores de 5 MW, se flexibilizan las tipologías, y se introduce la figura del gestor de autoconsumo, que podrá ejercer de representante de los partícipes, facilitando las gestiones necesarias para su buen funcionamiento. Se favorece la electrificación de la climatización en las comunidades de vecinos y se habilita a los ayuntamientos la aplicación de deducciones del 50% en el Impuesto de Bienes Inmuebles y del 95% en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), tal como ya sucede con el autoconsumo.
Para seguir potenciando la demanda y la electrificación industrial, el decreto incorpora la exención del 80% de los peajes eléctricos a la industria electrointensiva con carácter retroactivo desde el pasado 23 de enero, habida cuenta de la eficacia que ha demostrado desde su establecimiento, hace dos años y medio, con motivo de la guerra de Ucrania. La tramitación de los proyectos de renovables también se modifica, para facilitar su ejecución, evitar costes derivados de la fuerte competencia internacional y optimizar la calidad de las instalaciones. Y se fomenta la renovación de instalaciones de generación –su repotenciación–, reduciendo los plazos administrativos a la mitad, siempre que la potencia resultante sea inferior al 125% de la original.
Como medida adicional para reforzar la resiliencia del sistema, el decreto da un impulso muy relevante al almacenamiento, tanto mediante la hibridación en instalaciones de generación como con su incorporación al sistema eléctrico en general. Se agiliza la tramitación administrativa de los expedientes, especialmente en el ámbito de proyectos que sean competencia de la Administración General de Estado, con una reducción de los plazos a la mitad. Finalmente, se modifica la Ley 24/2013 del sector eléctrico para incorporar nuevas herramientas de flexibilidad, entre las que destaca la figura del agregador independiente, que combinará múltiples consumos y la electricidad generada por consumidores, productores o instalaciones de almacenamiento para su venta o compra en los mercados de electricidad y la prestación de servicios al sistema. Con el desarrollo de estas disposiciones, los consumidores podrán contratar los servicios de un agregador para que gestione su demanda y obtener un ahorro en la factura o algún otro tipo de contraprestación.
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