Seleccione idioma

Spanish

Down Icon

Seleccione país

Mexico

Down Icon

El SEPE quitará parte del paro a las personas sin trabajo a partir de esta fecha

El SEPE quitará parte del paro a las personas sin trabajo a partir de esta fecha

El paro, la prestación contributiva por desempleo, es la ayuda de mayor cuantía que se destina a las personas que han perdido su trabajo pero está sujeta a diferentes regulaciones que afectan, entre otros aspectos, a su cuantía.

Al igual que sucede con los subsidios desde la puesta en marcha de la reforma a nivel asistencial, el paro que cobra un beneficiario del paro se reduce a medida que avanza el periodo de cobro de esta prestación contributiva.

Lo deja claro la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 270 (puede consultarla en este enlace): la cuantía de la prestación por desempleo es del 70% de la base reguladora del trabajador. Esta base reguladora se compone de la media de las bases de cotización en las que se haya cotizado por desempleo los 180 días anteriores al hecho causante, excluyéndose la parte de horas extraordinarias.

Pero esa cuantía no es definitiva: a partir del día 181 de cobro se reduce un 10% la base reguladora y la cuantía pasará a ser del 60% de la base reguladora hasta que la prestación se agote por completo.

Este cambio se aprobó a finales de 2022 por el Gobierno de coalición y supone un 10% extra: antes de la reforma, a partir del día 181 de cobro el paro era del 50% de la base reguladora hasta la fecha en la que se agotase el derecho a percibirla.

Cuantías mínimas y máximas del paro

Estas cuantías, no obstante, están limitadas por cuantías mínimas y máximas determinadas por la ley. La página web del SEPE recoge las cantidades concretas:

  • La cuantía mínima del paro es de 560 euros mensuales y sube a 749 euros mensuales en el caso de que el beneficiario o beneficiaria tenga hijos a cargo.
  • La cuantía máxima del paro es de 1.225 euros mensuales y sube a 1.400 euros mensuales si el beneficiario o beneficiaria tiene un hijo a cargo y a 1.575 euros mensuales en el caso de dos o más hijos a cargo.
Cuánto tiempo puedes cobrar el paro

La Ley General de la Seguridad Social explica en su artículo 269 que "la duración de la prestación por desempleo estará en función de los periodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar". Se contemplan las siguientes equivalencias:

  • Con entre 360 días y 539 días cotizados es posible cobrar 120 días de paro.
  • Con entre 540 días y 719 días cotizados es posible cobrar 180 días de paro.
  • Con entre 720 días y 899 días cotizados es posible cobrar 240 días de paro.
  • Con entre 900 días y 1.079 días cotizados es posible cobrar 300 días de paro.
  • Con entre 1.080 días y 1.259 días cotizados es posible cobrar 360 días de paro.
  • Con entre 1.260 días y 1.439 días cotizados es posible cobrar 420 días de paro.
  • Con entre 1.440 días y 1.619 días cotizados es posible cobrar 480 días de paro.
  • Con entre 1.620 días y 1.799 días cotizados es posible cobrar 540 días de paro.
  • Con entre 1.800 días y 1.979 días cotizados es posible cobrar 600 días de paro.
  • Con entre 1.980 días y 2.159 días cotizados es posible cobrar 660 días de paro.
  • A partir de 2.160 días cotizados se cobran 720 días de paro, el máximo.
WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky
eleconomista

eleconomista

Noticias similares

Todas las noticias
Animated ArrowAnimated ArrowAnimated Arrow