Ojo: declaran como delito a práctica muy común entre usuarios de billeteras digitales

Billeteras digitales
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Dentro del amplio uso de las billeteras digitales (aplicaciones como Nequi, Daviplata o dale!) se suelen cometer errores que pueden ser literalmente costosos, como enviar dinero a un número equivocado por un error de digitación.
Por lo general, cuando se comete esta equivocación, se suele contactar al destinatario para comentarle el error y así como hay personas que devuelven el dinero recibido, hay quienes optan por no hacerlo y cortar todo tipo de vía de comunicación, independientemente de la necesidad o la urgencia de quien envió el dinero.
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Este tipo de situaciones son muy comunes entre usuarios de billeteras digitales y muy a pesar de las recomendaciones y avisos que estas aplicaciones tienen en su interfaz, con tal de que el usuario corrobore la información del destinatario al que le va a enviar plata.

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Por ejemplo, en Nequi se especifica que la devolución del dinero depende únicamente de la buena voluntad de la persona que lo recibe y que desde la aplicación "solo podemos debitar los recursos del usuario, siempre que esta dé su autorización".
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La plataforma, basándose en las normas de protección de datos, aclara que "podemos localizar a la persona que recibió la plata para comunicarle el error, en busca de lograr la devolución de los fondos, pero actuamos solo como un intermediario".
¿Un delito?Algo que muchas personas no conocen es que quien decida quedarse con el monto de la transferencia enviada por equivocación está incurriendo en un delito que puede ser merecedor de prisión, por lo que si usted ha estado en la situación de haber hecho una consignación equivocada y no recibir el dinero de vuelta, la ley colombiana permite tomar cartas jurídicas en el asunto.
Este crimen está tipificado en el Código Penal (Ley 599 del 2000), más específicamente en el Artículo 252, llamado 'Aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito', el cual se puede aplicar a los casos en los que no hay devolución del dinero trasferido por error.
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Dicho artículo también menciona que la pena que se puede imponer por esta conducta es de entre 16 y 36 meses de prisión, siempre y cuando la cuantía no supere los 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv).
Francisco Bernate, abogado penalista, explicó para 'Red+' que en este tipo de delitos menores, solo se tiene seis meses para hacer la respectiva denuncia, pero que, a partir de ahí, la oportunidad se pierde. Esto es así porque es un delito querellable, o sea, considerado de menor gravedad. Para que se lleve a cabo una investigación formal, la persona afectada debe hacer el denuncio ante la Fiscalía General de la Nación.
De acuerdo con la firma Guerrero Abogados, citados por el mismo medio de comunicación, "el tiempo máximo para poder accionar en el presente caso no podrá superar los seis meses, salvo los casos de fuerza mayor o caso fortuito que se puedan válidamente acreditar", pues el delito vence en ese periodo.
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