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Edificios a partir de 50 metros deberán ser reportados. La nueva obligación entró en vigor

Edificios a partir de 50 metros deberán ser reportados. La nueva obligación entró en vigor
  • Entró en vigor la Ley de Aviación modificada. El objetivo de los cambios fue introducir la obligación de informar al Ministerio de Defensa Nacional sobre los edificios con una altura de 50 a 100 m.
  • Gracias a esto, el Ministerio de Defensa Nacional obtendrá información sobre objetos que no están en el registro pero que representan una amenaza real para la seguridad del tráfico aéreo.
  • La obligación de informar al Ministerio de Defensa Nacional recaerá, entre otros, sobre: ​​el propietario del inmueble, el usuario perpetuo o quien tenga derecho de propiedad limitado sobre el inmueble.

Entró en vigor la Ley de Aviación modificada. El reglamento entrará en vigor el 9 de abril . Ya se había trabajado intensamente sobre este tema en el Parlamento.

La Ley modificada introduce la obligación de informar al Ministerio de Defensa Nacional sobre las obras de construcción con una altura de 50 a 100 m que no estén inscritas en el registro de obstáculos de aviación pero que puedan suponer una amenaza para la aviación militar. Esto también se aplica a estructuras temporales con una altura de 50 a 100 m sobre el nivel del suelo.

La Ley establece:

Los objetos de construcción, incluidos los objetos de construcción temporales, con una altura de 50 m o más pero menos de 100 m sobre el nivel del terreno o del agua circundante, ubicados en el territorio de la República de Polonia y dentro de la zona económica exclusiva de la República de Polonia, están sujetos a notificación al Ministro de Defensa Nacional, a menos que hayan sido inscritos en el registro de obstáculos de aviación.

La siguiente disposición dice: “La notificación deberá efectuarse a más tardar 2 meses antes de la fecha en que el edificio alcance una altura de 50 m sobre el nivel del suelo o del agua circundante”.

Esta obligación no se aplica a los objetos que hayan sido inscritos en el registro de obstáculos a la aviación.

Gracias a esto, el Ministerio de Defensa Nacional obtendrá información sobre objetos de construcción que no están en el registro pero que representan una amenaza real para la seguridad del tráfico aéreo de aeronaves militares.

Notificaciones al Ministerio de Defensa Nacional a más tardar dos meses antes de que el objeto alcance una altura de 50 m.

La estructura deberá ser informada a más tardar dos meses antes de que alcance una altura de 50 m.

Este plazo permitirá al Ministerio de Defensa Nacional evaluar el impacto del objeto denunciado en las operaciones aéreas realizadas o planificadas por las Fuerzas Armadas de la República de Polonia.

En la situación jurídica actual, no existe base para imponer a ninguna entidad la obligación de informar sobre un objeto que no es un obstáculo a la aviación en el sentido de la Ley, pero constituye una amenaza real para la seguridad del tráfico aéreo de las aeronaves militares. La falta de regulación en esta materia repercute negativamente en la seguridad del tráfico aéreo militar, por lo que es necesario introducir los cambios propuestos.

-Estaba escrito en la justificación.

Edificios de 50 a 100 m a informar. ¿A quién cubre la nueva obligación?

La obligación de informar al Ministerio de Defensa Nacional se impuso, entre otros, a:

  • propietario de la propiedad,
  • usuario perpetuo,
  • una persona que tiene derecho a derechos de propiedad limitados sobre bienes inmuebles.
El reglamento no afecta a la expedición de permisos de construcción.

La normativa no afectará la expedición de permisos para la construcción de dichas instalaciones , porque el proyecto supone únicamente la imposición de una obligación de información. La base de datos de objetos con una altura de 50 a 100 m será pública, lo que significa que otros servicios también podrán utilizarla.

- afirmó el viceministro de Infraestructura, Maciej Lasek.

También informó que el número de objetos reportados:

  • en 2021 fueron 435,
  • En 2022 había 596 de ellos,
  • en 2023 - 437.

Señaló que la obligación de reportar estas instalaciones existió desde 2003 hasta 2020 , lo que significa que aún después de vencida la obligación, las entidades responsables de la misma continuaron presentando informes.

Esta obligación se ha incorporado de forma bastante permanente a todos los procedimientos que existían en este ámbito. Solo lo estamos restaurando, en realidad no creemos que sea una gran carga.

- afirmó Maciej Lasek.

Una laguna en la normativa amenazaba la seguridad del tráfico aéreo

Según el Ministerio de Infraestructura, responsable del proyecto de modificación de la ley, la falta de normativa en este ámbito creó un vacío legal que amenazaba la seguridad del tráfico aéreo de las instalaciones militares.

El viceministro de Infraestructura, Maciej Lasek, durante la primera lectura en el Sejm en enero de este año. Se informó que la obtención de información por parte del Ministro de Defensa Nacional sobre los objetos afectados por el proyecto es necesaria desde el punto de vista de la implementación de las disposiciones de los acuerdos internacionales celebrados por Polonia y debido a los requisitos especificados en los programas de entrenamiento de aviación para los distintos tipos de aeronaves militares.

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