Los municipios exigen la devolución de las prestaciones de cuidados remunerados. El Defensor del Pueblo está investigando el asunto.

Los voivodatos de Silesia y Pomerania impugnaron el pago de las prestaciones por cuidados a los cuidadores de adultos con discapacidad para el período 2022-2023, argumentando que eran incompatibles con el artículo 17, apartado 1b, de la Ley de Prestaciones Familiares. La Ley estipula que la prestación solo estaba disponible para personas cuya discapacidad se manifestó antes de los 18 años, o antes de los 25 si continuaban sus estudios.
En 2014, el Tribunal Constitucional dictaminó que diferenciar la elegibilidad para las prestaciones según el momento en que se desarrolla una discapacidad es inconstitucional . En su justificación, enfatizó que «los tutores de adultos con discapacidad deben ser tratados por el legislador como entidades pertenecientes a la misma clase. Por lo tanto, no pueden, en principio, recibir un trato diferente».
El legislador no cumplió la sentencia del Tribunal ConstitucionalSin embargo, la sentencia del Tribunal no fue implementada por el legislador y recién en 2024 la norma jurídica impugnada fue eliminada de la Ley de Prestaciones Alimenticias.
Por lo tanto, los voivodas que realizaron la auditoría del período 2022-2023 concluyeron que actuaron conforme a la normativa vigente en ese momento. El Comisionado para los Derechos Humanos discrepa y cita sentencias del Tribunal Supremo Administrativo, que también falló a favor de los cuidadores de personas con discapacidad, otorgándoles el derecho a la prestación.
Teniendo en cuenta la jurisprudencia establecida y uniforme de los tribunales administrativos a este respecto, el Comisionado para los Derechos Humanos solicita al Ministro de Familia, Trabajo y Política Social que revise la posición del Ministerio.
- leemos en la posición.
A partir de enero de 2025, la prestación por cuidados para el cuidador de una persona discapacitada asciende a 3.287 PLN y se indexa anualmente.
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