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Le pusieron la ley patas arriba a Fatih Altaylı

Le pusieron la ley patas arriba a Fatih Altaylı

La detención ilegal de Fatih Altaylı ha venido seguida de nuevos golpes al periodismo. La Fiscalía General de Estambul ha tomado medidas de oficio para bloquear el acceso a los vídeos en el canal de YouTube de Fatih Altaylı y cerrarlo.

La justificación fue que Fatih Altaylı había expresado ciertas acusaciones sobre el proceso de paz durante una transmisión el 5 de agosto de 2025, cuando su asiento vacante aparecía en pantalla. La fiscalía solicitó el bloqueo de un programa en el que aparecía el exdiputado del AKP Emin Şirin, alegando la "protección de la seguridad nacional y el orden público". El fiscal ni siquiera especificó las palabras específicas de la transmisión por las que solicitó el bloqueo. En otras palabras, ni siquiera había escrito el reportaje periodístico que consideraba delito. Sin embargo, era una obligación legal declararlo explícitamente. Abogados y periodistas se vieron obligados a especular para determinar qué palabras constituían delito.

La Fiscalía fundamentó esta solicitud de censura en el Artículo 8/A de la Ley N.º 5651 sobre la Regulación de las Publicaciones en Internet y la Lucha contra los Delitos Cometidos a través de Estas Publicaciones. El título de este artículo es: «Eliminación de contenido y/o bloqueo del acceso en casos en que la demora sea perjudicial».

De hecho, el Tercer Juzgado Penal de Paz de Estambul, que evaluó esta solicitud, incorporó en su decisión el artículo 8/A de la Ley n.º 5651. Esta ley, promulgada durante la era del AKP, establece claramente que el presidente o los ministerios competentes pueden emitir una orden de bloqueo de emisiones a petición del presidente, así como el presidente de la Autoridad de Tecnologías de la Información y la Comunicación que presente una denuncia penal. En otras palabras, el fiscal no tiene derecho de oficio a presentar dicha solicitud.

Además, el Tercer Juzgado Penal de Paz de Estambul, que revisó la solicitud del fiscal de bloquear el acceso a internet, declaró: «Se ha considerado debidamente», y luego se refirió al artículo 8/A de la Ley n.º 5651. Mire, ese artículo en la decisión dice textualmente:

En los casos en que la demora se considere indeseable, el Presidente podrá decidir retirar contenido y/o bloquear el acceso a una publicación en internet a petición de la Presidencia o de los ministerios competentes en materia de protección de la seguridad nacional y el orden público, prevención del delito o protección de la salud pública.

La ley destaca repetidamente que la Fiscalía puede tomar medidas después de que el presidente de la BTK presente una denuncia penal.

La ley es así de clara. El juez debe fallar conforme a ella. En otras palabras, la ley establece claramente que el fiscal debe decirle al fiscal: «Usted carece de autoridad». Pero ya no existe ley en Turquía, y la ley es irrelevante.

El Tribunal Penal de Paz de Estambul citó el artículo de la ley, indicando "por las razones explicadas anteriormente" y dictó la siguiente decisión:

“Se acepta la solicitud de la Fiscalía General de Estambul de fecha 6 de agosto de 2025,

De conformidad con el artículo 8/A de la Ley Nº 5651, se debe bloquear el acceso a la publicación en cuestión y a la publicación de Fatih Altaylı y se debe eliminar el contenido de la publicación.

Si bien la denuncia penal debería haber provenido de la Autoridad de Tecnologías de la Información y la Comunicación (BTK), el juez incluso solicitó a la fiscalía que remitiera la decisión a dicha autoridad. En otras palabras, el juez estaba aplicando la ley a la inversa.

Pero el tragicómico proceso legal no había terminado. La fiscalía había olvidado su solicitud de cerrar por completo el canal de YouTube de Fatih Altaylı. Un día después, también presentó una solicitud para bloquear por completo el acceso al canal de Altaylı. Después de todo, la ley ya había sido revocada una vez. El Sexto Juzgado Penal de Paz de Estambul aceptó ilegalmente la solicitud no autorizada de la Fiscalía General de Estambul. El acceso al canal de YouTube de Fatih Altaylı fue bloqueado sin la solicitud del presidente ni de los ministros pertinentes, y sin necesidad de una denuncia penal, que debería haber sido presentada por el presidente de la Autoridad de Tecnologías de la Información y la Comunicación (BTK). Además, a pesar de que el fiscal no solicitó la eliminación del contenido, el juez ordenó su eliminación.

Aunque se prohibió el acceso a la transmisión y al canal de YouTube de Fatih Altaylı por "proteger la seguridad nacional y el orden público", se abrió otra investigación en su contra. La investigación lo acusó de "difundir públicamente información engañosa". Esto constituía una flagrante contradicción.

En resumen, esos volúmenes de libros de leyes y leyes fueron escritos en vano.

Nadie está a salvo en un poder judicial arbitrario en el que incluso las leyes se aplican ahora a la inversa.

BirGün

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