Gobierno objetó el proyecto de ley que modifica el Fonpet por considerarlo inconstitucional e inconveniente

Los ministros de Hacienda, Germán Ávila Plazas, y de Trabajo, Antonio Sanguino, objetaron el proyecto de ley aprobado por el Congreso que otorgaría mayor autonomía a los alcaldes y gobernadores sobre el manejo de los recursos del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), mecanismo creado para ayudar a estas entidades a cubrir sus obligaciones pensionales. Los ministros consideran que la iniciativa es inconstitucional e inconveniente.
La propuesta legislativa, aprobada en mayo de este año, actualiza la Ley 549 de 1999 y busca otorgar mayor autonomía a los entes territoriales en la gestión de los recursos del fondo. Además, amplía hasta 2044 el plazo para que el Fonpet reúna los recursos necesarios para garantizar las pensiones de los trabajadores de los sectores de educación, salud y propósito general.
En una carta dirigida a Efraín Cepeda, presidente del Senado, los ministros argumentan que el proyecto es inconstitucional porque, según el Gobierno, vulnera el principio de sostenibilidad fiscal de la nación, consagrado en el artículo 334 de la Constitución.

Este fue el documento radicado ante el presidente del Senado. Foto:Ministerio de Trabajo
De acuerdo con el Ministerio de Hacienda, el proyecto sí tiene impacto fiscal, por lo que requería el acompañamiento del Gobierno. “(...) en tanto ignora los efectos que se generarían con ocasión de la redistribución de los recursos destinados a la atención del pasivo pensional de las entidades territoriales que provengan del Gobierno Nacional Central. Especialmente, el impacto que tendrá en la caja del Tesoro Nacional”, señala el documento.
Asimismo, se afirma que la iniciativa infringe el artículo 48 de la Constitución -que establece que la seguridad social es un servicio público de carácter obligatorio- y transgrede el artículo 362, ya que, según el Gobierno, afecta la destinación de bienes y rentas de las entidades territoriales.
“Desconoce el artículo 287 constitucional, en la medida en que vulnera la autonomía de las entidades territoriales; quebranta el artículo 151 superior, por el incumplimiento de las exigencias que se derivan para el Congreso de la República de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 819 de 2003”, añaden.

Este fue el documento radicado ante el presidente del Senado. Foto:Ministerio de Trabajo
La decisión del Gobierno Nacional obliga a que el proyecto regrese a la cámara de origen, donde se llevará a cabo un nuevo debate sobre las objeciones presentadas.
Si el Congreso insiste en aprobar el proyecto, pese a las objeciones, este será remitido a la Corte Constitucional, que deberá determinar si es o no constitucional. En caso de ser declarado constitucional, el presidente Gustavo Petro deberá sancionarlo.
CAMILO A. CASTILLORedacción PolíticaX: (@camiloandres894)
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