Fecha límite de impuestos 20 de junio de 2025, último día para cancelar el formulario 730 prellenado

Las citas fiscales de junio están a punto de concluir con los últimos plazos del mes. Tras las obligaciones con el IMU, el IVA, el Irpef, el impuesto a tanto alzado y otras obligaciones, el viernes 20 de junio será la última fecha posible para cancelar el formulario 730 prellenado ya enviado.
Se prevé que el plazo límite para el envío de comunicaciones relativas a la licencia de televisión por parte de las compañías eléctricas finalice el mismo día.
Cancelación del formulario 730 prellenadoEl formulario 730 prellenado se puede cancelar del 19 de mayo al 20 de junio de 2025 si el contribuyente se ha dado cuenta de que se han cometido errores en la declaración de impuestos.
Esta opción se concede sólo una vez y es la forma más inmediata de corregir datos inexactos o insertar información olvidada.
A partir del 20 de junio, para modificar los datos del 730 precumplimentado ya no será posible borrarlo y habrá que utilizar el Modelo rectificativo 730/2025 o el Modelo de Renta PF.
Una vez cancelada la presentación, el formulario se elimina y la Agencia Tributaria considera que la declaración no se ha presentado. Para evitar la omisión, será necesario enviar uno nuevo, que podrá enviarse a partir de 24 o 48 horas después del anterior.
Cómo eliminar el 730 precargadoPara cancelar el formulario 730 rellenado previamente de forma incorrecta, simplemente acceda a la sección dedicada del portal de la Agencia de Ingresos con las mismas credenciales.
La AdE recuerda que es posible proceder con la operación si el estado de la recepción del envío es “Procesado”.
Además, si el modelo 730 de Ingresos Adicionales o Correctivos se ha llenado a partir del 21 de mayo, se deberán eliminar los datos ingresados seleccionando “Restaurar” en el apartado “Ingresos Adicionales y Correctivos/Integrativos”.
Con la cancelación del 730, el modelo F24 también quedará automáticamente eliminado. Finalmente, la Agencia recuerda que, en caso de declaración conjunta, la operación solo debe ser solicitada por el declarante.
ReembolsosEl 20 de junio también vence el plazo para que los trabajadores del sector público y privado soliciten en su nómina de julio las devoluciones a las que tenían derecho en caso de que el impuesto a pagar por concepto de Irpef sea inferior al ya retenido en los salarios de los meses individuales de 2024.
Para recibir las sumas, los datos del empleador deben indicarse en la sección "Datos del sustituto fiscal que realizará el ajuste". El empleador podrá recuperar los importes adelantados a los empleados al momento del pago de impuestos mediante el formulario F24.
Los contribuyentes que no cumplan con el plazo del 20 de junio obtendrán los reembolsos directamente de la Agencia Tributaria no antes de diciembre.
La tasa de licencia de televisiónPor último, el viernes 20 de junio es el último día disponible para comunicar a la Agencia Tributaria los datos detallados relativos al canon de televisión facturado, abonado, recaudado y pagado durante el mes anterior por las compañías eléctricas (artículo 5, apartado 2, del Decreto del Ministro de Desarrollo Económico, de acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas, de 13 de mayo de 2016, n. 94).
La comunicación deberá realizarse exclusivamente por vía electrónica a través del servicio telemático Entratel o Fisconline, utilizando los productos informáticos de control y preparación de expedientes puestos a disposición gratuitamente por la Agencia Tributaria, directamente o a través de intermediarios autorizados.
QuiFinanza