Viajar a España: Respuestas a tus preguntas sobre EES y ETIAS

Ahora que ya se conocen las fechas de inicio firmes (probablemente) para el inicio de los nuevos sistemas de controles biométricos de pasaportes y exenciones de visados en línea de la UE, respondemos a sus preguntas sobre cómo funcionarán estos sistemas para turistas, residentes extranjeros en países de la UE y propietarios de segundas residencias en España.
Se han estado planificando durante años y se han pospuesto varias veces debido a preocupaciones sobre su preparación, pero los dos grandes cambios de viajes de la UE ahora deben entrar en vigencia entre fines de 2025 y 2026.
Al momento de escribir este artículo, la fecha de inicio del Sistema de Entrada y Salida (EES) es el 12 de octubre de 2025, con una introducción gradual de seis meses.
Le seguirá el Sistema Europeo de Autorización e Información de Viajes (ETIAS) en el último trimestre de 2026 (la fecha exacta aún está por confirmar). El ETIAS también se implementará gradualmente a lo largo de seis meses.
No hay garantía de que estos eventos no se pospongan nuevamente, pero tal como están las cosas, los viajes comenzarán a cambiar a finales de este año.
Puede leer la explicación completa de estos dos sistemas AQUÍ , pero esencialmente EES es un control de pasaporte biométrico mejorado que también digitaliza la aplicación de la regla de los 90 días para reemplazar el sellado manual del pasaporte, mientras que ETIAS es una exención de visa en línea requerida para turistas y otros visitantes en la zona UE/Schengen.
No hay duda de que esto tendrá un gran impacto en los viajes dentro y fuera de la zona Schengen y, como era de esperar, los lectores de The Local tienen preguntas.
Gran parte de la información oficial está dirigida a turistas, no a personas con visado o permiso de residencia en un país de la UE/zona Schengen. A continuación, se presentan algunas de las preguntas más frecuentes, divididas en secciones sobre el EES y el ETIAS.
EES (Sistema de entrada y salida)
No soy ciudadano de la UE, pero resido en un país de la UE. ¿Necesito completar el prerregistro del EES? Esta es la gran pregunta para los lectores de The Local, muchos de los cuales son ciudadanos extracomunitarios que viven en un país de la UE/zona Schengen con un visado de larga duración o un permiso de residencia.
No están cubiertos por el EES y no tienen que completar el registro previo del EES ni proporcionar datos biométricos; la razón de esto es que una función principal del sistema es monitorear mejor la "regla de los 90 días", a la cual, por supuesto, los residentes no están limitados.
Sin embargo, si bien está claro que los residentes no están cubiertos por el EES, exactamente cómo funcionará esto en la práctica en un aeropuerto, estación o puerto sigue siendo frustrantemente poco claro, y a los residentes extranjeros de la UE solo se les dice que no utilicen las puertas de pasaportes automatizadas y que intenten encontrar una cabina con personal donde puedan mostrar tanto su pasaporte como su visa/permiso de residencia.
Soy propietario de una segunda vivienda, ¿me aplica esto? Depende: ¿tengo visado o no? Algunos propietarios de segundas viviendas desean pasar más de 90 días de cada 180 en su propiedad en España, por lo que obtienen un visado de corta duración (menos de seis meses), que les permite estancias prolongadas, pero no les otorga la residencia en el país.
Los titulares de visas no están obligados a completar el EES, pero cualquier persona que no tenga una visa o un permiso de residencia debe completar el preinscripción del EES. Ser propietario de una propiedad no le otorga, en sí mismo, ningún derecho específico en el país donde se encuentra su propiedad.
Tengo un visado, ¿y yo qué? Los titulares de un visado no están obligados a completar el prerregistro del EES y esto aplica a todos los tipos de visado, incluido el visado Schengen de corta duración.
Si bien los nacionales de países como el Reino Unido, Estados Unidos, Canadá y Australia se benefician de hasta 90 días de exención de visado para entrar en la UE/zona Schengen, los ciudadanos de otros países, como Turquía e India, necesitan un visado incluso para visitas cortas. Quienes viajen para una estancia inferior a 90 días, por ejemplo, turistas o personas que visiten a familiares, obtienen un visado Schengen. Los titulares de un visado Schengen no están cubiertos por el SES.
Los titulares de otros tipos de visas (por ejemplo, visas de estudiante, visas de trabajo, visas no lucrativas o visas de visitante) también están exentos de los requisitos del EES.
Soy ciudadano de un país de la UE, el EEE o la zona Schengen. Estás exento de los requisitos del EEE.
Tengo doble nacionalidad y tengo pasaportes de países de la UE y de países no pertenecientes a la UE (por ejemplo, franco-británico o italoamericano). Para las personas con doble nacionalidad, depende del pasaporte con el que viajen: quienes viajen con un pasaporte no perteneciente a la UE necesitarán el EES, mientras que quienes viajen con un pasaporte de la UE no.
Una breve advertencia: el sitio web del EES aún no está operativo, por lo que desconocemos cómo funcionará exactamente el proceso de preinscripción en línea. La norma descrita anteriormente es la que debería funcionar en teoría; esperemos que evite el fracaso del sistema ETA del Reino Unido, que impide a los ciudadanos británicos con doble nacionalidad viajar con su pasaporte no británico.
¿Cuánto cuesta? El EES es gratuito; el ETIAS tiene un coste.
¿Cómo me preparo para esto? Si no pertenece a ninguno de los grupos exentos, deberá completar el prerregistro del EES la primera vez que cruce una frontera exterior Schengen tras la implantación del sistema.
El prerregistro implica completar un cuestionario con datos personales, además de proporcionar huellas dactilares y un escáner facial. La forma exacta en que se tomarán estos datos dependerá del sistema del puerto de entrada; por ejemplo, el proceso para los pasajeros de los transbordadores de automóviles en el Puerto de Dover será ligeramente diferente al de los protocolos del aeropuerto.
Pero una vez haya completado el registro, no necesitará hacerlo nuevamente hasta que obtenga un nuevo pasaporte: después, simplemente será cuestión de escanear su pasaporte en los controles de pasaportes automatizados.
Algunos aeropuertos y puertos ya están realizando pruebas en vivo de sus sistemas, por lo que es posible que te encuentres con esto cuando viajes.
Actualmente no hay forma de completar el preinscripción antes de su llegada al aeropuerto/puerto/estación: cualquier sitio web que ofrezca completar el EES por usted es un sitio fraudulento.
¿Existen estafas? Lamentablemente, sí, los estafadores ya se están aprovechando tanto del EES como del ETIAS para intentar robarte tu dinero y tus datos personales.
¿Será obligatorio en todas partes después del 12 de octubre? Debido a la preocupación por los retrasos y la disponibilidad, la Comisión Europea ha optado por una introducción gradual, con el objetivo de alcanzar su plena implementación en un plazo de seis meses (es decir, para abril de 2026).
Por lo tanto, no se trata de una implementación masiva en todos los puertos y aeropuertos. Durante la fase de implantación, cada país decidirá qué puertos, aeropuertos o estaciones implementarán el EES, aunque deberán tener un cierto porcentaje de puntos de entrada que lo utilicen.
Los puertos también tendrán la opción de pausar los controles EES en caso de largas colas, algo que se prevé que sea un problema particular en la concurrida frontera entre el Reino Unido y Francia.
ETIAS
Después de EES viene ETIAS, su fecha de inicio actual es el último trimestre de 2026 (es decir, entre octubre y diciembre), pero no se introducirá hasta que EES esté completamente en funcionamiento, por lo que cualquier retraso adicional afectará también a ETIAS.
Su formato es diferente al del EES: requiere que los viajeros se conecten a internet antes de su viaje, rellenen un formulario y paguen la tasa de 20 € para recibir la autorización de viaje ETIAS. Una vez adquirida, esta tendrá una validez de tres años (o hasta que obtenga un nuevo pasaporte) y cubre varios viajes.
Soy residente de un país de la UE/Schengen, ¿estoy exento? Sí. El ETIAS está dirigido principalmente a turistas y visitantes; los ciudadanos no pertenecientes a la UE que residen en un país de la UE, el EEE o la zona Schengen con un visado o permiso de residencia están exentos. Simplemente muestre su pasaporte y visado/permiso de residencia en la frontera, como lo hace ahora.
Soy propietario de una segunda vivienda, ¿estoy exento? Al igual que con el EES, depende de si se tiene visado o no. Quienes tengan visado están exentos, pero quienes viajen con menos de 90 días de permiso no lo están.
Solo voy a hacer un viaje de fin de semana, ¿estoy exento? No, el ETIAS es obligatorio para todos los turistas y visitantes del espacio Schengen, incluso si solo hacen un viaje corto.
Tengo un visado Schengen, ¿estoy exento? Si usted es ciudadano de un país que no se beneficia de la regla de 90 días para viajar sin visado, necesitará el visado de visitante de corta duración, conocido como visado Schengen, para entrar en el bloque. Al tener un visado, está exento del ETIAS. Lo mismo aplica para todos los demás titulares de visados.
Soy pensionista, ¿estoy exento? Si tiene más de 70 años o menos de 18, no está exento del requisito de exención de visado ETIAS, pero sí del pago de la tasa. Simplemente rellene el formulario en línea y, una vez introducida su fecha de nacimiento, el formulario omitirá la sección de pago.
¿Puedo solicitarlo ahora? No. El sitio web de ETIAS aún no está operativo; se espera que lo esté un par de meses antes de la fecha de inicio (que, por el momento, es a finales de 2026).
Cualquier sitio web que actualmente afirme procesar solicitudes ETIAS u ofrecerle ayuda con ellas es una estafa.
¿Se trata también de una introducción gradual? Sí, aunque de forma ligeramente distinta al SES. Una vez introducido el ETIAS, se podrá entrar en la UE sin él durante los primeros seis meses. Esta fase se considera la «fase de formación», en la que quienes viajen sin ETIAS serán informados de los nuevos requisitos, pero no se les impedirá la entrada a la UE.
Solo después de la primavera de 2027 (si todo va según lo previsto) se empezará a rechazar en la frontera a las personas que no tengan un ETIAS.
¿Aún tienes dudas? Deja tus preguntas en la sección de comentarios y haremos todo lo posible por responderlas.
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