¿A la tercera va la vencida? La ley otorga a la Policía Judicial la facultad de eliminar contenido terrorista en línea.

Se ha presentado en el Parlamento un proyecto de ley para transponer al derecho interno el reglamento europeo sobre la lucha contra el terrorismo en internet. Este es el tercer intento de legislar la concesión de facultades a la Policía Judicial (PJ) para suspender o bloquear contenidos digitales sin el conocimiento ni la autorización previa o posterior de un juez. Intentos anteriores fracasaron debido a la caída de los gobiernos del Partido Socialista (PS) y el Partido Demócrata (AD). Abogados y jueces advierten que la medida podría ser impugnada ante el Tribunal Constitucional.
Las competencias que se otorgarán al PJ –para eliminar o bloquear, sin autorización previa de un juez, contenidos digitales sospechosos de expresar actividades terroristas a través de internet– surgen de la obligación de Portugal de transponer al ordenamiento jurídico nacional el Reglamento (UE) 2021/784 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, sobre la lucha contra la difusión de contenidos terroristas en línea.
El reglamento exige que los Estados miembros designen una autoridad para emitir órdenes de retirada de contenido sospechoso, ya sea por iniciativa propia o a petición de otros Estados miembros. La elección del PJ y las facultades que se le otorgan quedan a discreción del legislador nacional; en otras palabras, la decisión es política.
El proyecto de ley aclara que la decisión del PJ puede emitirse sin autorización previa de un juez, pero debe ser comunicada posteriormente a la Dirección Central de Investigación y Acción Penal (DCIAP). Los proveedores de servicios de alojamiento virtual tendrán solo una hora para eliminar el contenido terrorista identificado o bloquear el acceso a dicho contenido en todos los Estados miembros. Excepcionalmente, podrán disponer de un plazo de 12 horas, según el Reglamento.
El Consejo Superior del Ministerio Público (CSMP) coincide con las competencias otorgadas al PJ. Sin embargo, el Colegio de Abogados de Portugal (OA), en un dictamen presentado al Parlamento, afirma que esto constituye una "flagrante violación de derechos, libertades y garantías". "Consideramos que la facultad de dictar resoluciones en esta materia no puede atribuirse a un cuerpo de policía criminal, como entidad administrativa bajo la autoridad del Gobierno, sino a un Tribunal o, en determinadas circunstancias, al Ministerio Público".
En igual sentido argumenta la Comisión Nacional de Protección de Datos, subrayando que tales competencias "no deben atribuirse a un Cuerpo de Policía, sino a un magistrado judicial", admitiendo que, "en caso de urgencia, podría considerarse que el Cuerpo de Policía pudiera dictar tales decisiones, sujetas a posterior validación".
Para el Consejo Superior del Poder Judicial, la "designación de un órgano de policía criminal, dependiente directamente de un miembro del Gobierno, para emitir decisiones de supresión o bloqueo, puede "dar lugar a cuestiones de (in)constitucionalidad que deben abordarse de inmediato".
La propuesta anterior, que fracasó con la disolución de la Asamblea de la República, había sido aprobada por los partidos PSD, CDS-PP y Chega. Por lo tanto, se espera que también se apruebe en esta ocasión. «En otras palabras», afirma Ricardo Sardo, autor del dictamen de la OA, «tendremos una entidad policial, bajo la tutela del Gobierno, que decidirá, en lugar de los tribunales, lo que vemos en línea, lo cual afecta a derechos fundamentales como la libertad de expresión y la libertad de información, en violación del artículo 18 de nuestra Constitución y del artículo 52, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea».
Cabe señalar que este Reglamento está en vigor en la UE desde el 7 de junio de 2022. En enero de 2023, la Comisión Europea notificó el incumplimiento a 22 Estados miembros, incluido Portugal. El 18 de junio de este año, el Ejecutivo comunitario anunció que demandará a Lisboa por no aplicar parte de las normas para combatir actividades consideradas terroristas en plataformas digitales.
El debate del proyecto de ley en el Parlamento aún no se ha programado. Jueces y abogados advierten que la legislación podría estar plagada de inconstitucionalidades si se aprueba tal como la presentó el gobierno.
Jornal Sol