El TS avala el arraigo por formación: fomenta la migración regular y combate la irregular

El Tribunal Supremo ha avalado el arraigo para la formación —actualmente arraigo socioformativo— que permite a los migrantes conseguir los papeles en España tras dos años viviendo en el país y bajo el compromiso de formarse en un trabajo, una figura que, señala, favorece la migración regular y combate la irregular.
Así lo ha dictado la Sala de lo contencioso-administrativo del alto tribunal en una sentencia en la que ha rechazado el recurso interpuesto en 2022 por Solidaridad, el sindicato de Vox, contra la reforma del reglamento de extranjería realizada ese año, que, entre otros cambios, introdujo la figura del arraigo para la formación, vigente actualmente bajo el nombre de arraigo socioformativo.
Lee también Amnistía Internacional denuncia violencia y abusos en centros de menores migrantes canarios Álvaro Herrero
En el recurso, el sindicato cuestionaba esta figura porque suponía “un efecto llamada a la inmigración irregular”, motivo que ha sido desestimado por la Sala al tratarse de “opiniones, sin duda legítimas, sobre el contenido y orientación de la política migratoria en la nueva regulación pero que en ningún caso constituyen infracción jurídica”.
De hecho, la sentencia recalca que la exigencia de un periodo de permanencia en España de dos años (que el demandante considera insuficiente) busca, precisamente, “combatir la irregularidad de los extranjeros en España”.
Así, este mecanismo atiende a un colectivo de personas en situación irregular, “que se pretende que disminuya”, ya que “dispondrán de vías regulares de migración a través de las cuales se va a canalizar esa situación”.
Este mecanismo atiende a un colectivo de personas en situación irregular, “que se pretende que disminuya”La Sala señala que la reforma del reglamento es “conforme a derecho” y “combate una de las principales causas de la migración irregular: la existencia de una economía sumergida”, además de buscar desincentivar la contratación de personas en situación irregular, como justifica el preámbulo de la norma.
En la sentencia, el Supremo rechaza otras cuestiones argumentadas por el sindicato, como la falta de justificación de su carácter urgente, que el alto tribunal sí ve acreditado; la falta de inclusión de su impacto presupuestario, que sí está reflejado en la memoria de la reforma, o la ausencia de determinados informes preceptivos, que la Sala señala como aportados en este procedimiento.
Lee también ¿Qué pasará con los 1.300 jóvenes migrantes que cumplen los 18 este año en Catalunya? Cristina Oriol Val
También el ponente de la resolución, el magistrado Francisco Javier Pueyo, ha criticado en varias ocasiones la forma del recurso interpuesto, en el que la parte demandante “alega distintos motivos que entremezcla impropiamente de manera procesalmente desordenada” y no argumenta ni concreta jurídicamente buena parte de sus alegaciones.
lavanguardia