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Desalojo de okupantes y culpa del alguacil

Desalojo de okupantes y culpa del alguacil

Un cliente víctima de una falta por parte de un asesor profesional (abogado, notario, agente judicial) no puede reclamar la reparación íntegra de su perjuicio, ya que existe un riesgo de incertidumbre en cuanto a lo que habría obtenido si hubiera sido correctamente asesorado.

Solo puede quejarse de la pérdida de la oportunidad de haber sido bien asesorado, cuya compensación siempre será inferior a la ventaja esperada o al daño sufrido. Esto es lo que nos recuerda el siguiente caso.

A principios de noviembre de 2017, nueve personas se mudaron a un bloque de apartamentos que había sido desocupado recientemente. El propietario, el Sr. X, presentó una demanda ante el Tribunal de Distrito de Marsella solicitando el desalojo de los ocupantes. que obtuvieron el 21 de diciembre de 2017. Luego llamaron a un alguacil para hacer cumplir la decisión judicial.

El 8 de enero de 2018, el bufete Y emitió una orden para que los ocupantes desalojaran el inmueble, la cual notificó a la prefectura dos días después. El 29 de enero de 2018, envió una solicitud de "asistencia policial" al prefecto de Bocas del Ródano con vistas al desalojo. De hecho, el Estado está obligado a prestar asistencia en la ejecución de sentencias y otros títulos ejecutivos, según el artículo L. 153-1 del Código de Procedimientos de Ejecución Civil .

El prefecto tuvo dos meses, hasta el 8 de marzo de 2018, para responder. Sin embargo, no fue hasta el 13 de septiembre de 2018 que concedió la asistencia de la policía; la expulsión se llevó a cabo el 12 de octubre de 2018.

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La familia X pide a la prefectura una indemnización por el retraso de siete meses entre el 8 de marzo de 2018 y el 12 de octubre de 2018. Reclaman 34.000 euros, es decir 8,5 veces el importe de la indemnización por ocupación (4.000 euros) fijada en el sumario por el juez (y no pagada por los okupas).

Ante la falta de respuesta positiva, apelaron ante el Tribunal Administrativo de Marsella. El tribunal rechazó su solicitud el 29 de junio de 2020 y el Consejo de Estado confirmó su decisión el 29 de noviembre de 2022. Declaró que la solicitud presentada el 29 de enero de 2018, en papel, era irregular . que no podía "resultar en una denegación de concurso" . De hecho, debería haberse presentado electrónicamente, como viene siendo habitual desde el 31 de diciembre de 2017. No se presentó hasta el 12 de julio de 2018.

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Le Monde

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