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El Gobierno amplía el plazo para conceder la nacionalidad a un mínimo de siete años

El Gobierno amplía el plazo para conceder la nacionalidad a un mínimo de siete años

En la reunión informativa del Consejo de Ministros, el ministro de la Presidencia, António Leitão Amaro, afirmó que se presentará una propuesta de modificación de la ley de nacionalidad, reforzando la “exigencia de vinculación efectiva, de pertenencia a la comunidad nacional”.

Porque es esta “conexión robusta” la que asegura la nacionalidad, “lo que define a nuestro pueblo, como comunidad política”, destacó.

En el caso de los candidatos a la nacionalidad por ciudadanía de origen –aquellos nacidos en territorio portugués, aunque sean hijos de extranjeros–, el Gobierno impondrá nuevas reglas.

En el caso de los “descendientes de extranjeros residentes en territorio nacional”, las autoridades ahora “exigirán que los padres hayan tenido residencia legal durante al menos tres años”.

Además, explicó el Ministro, “la nacionalidad no se atribuye por defecto, sino sólo si la persona manifiesta una voluntad positiva en tal sentido”.

En el caso de naturalización, legalmente conocida como “nacionalidad derivada”, el Gobierno aumentará el período mínimo actual de cinco años de “residencia legal para optar a la obtención de la nacionalidad” a siete años para quienes procedan de países de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa y a “10 años para los demás”.

El “plazo empieza a contar desde el momento en que se obtiene el permiso de residencia”, a diferencia de lo que ocurría hoy, que contaba desde la solicitud inicial, explicó.

En estos casos, el Gobierno exigirá “un conocimiento suficiente de la lengua, pero también de la cultura portuguesa” y de los “derechos y deberes fundamentales de la República Portuguesa”, estando prevista la realización de “pruebas de evaluación”.

Además, los solicitantes deberán firmar una “declaración solemne de adhesión a los principios del estado democrático de derecho”.

Leitão Amaro también destacó que se elevará el “estándar de exigencia de antecedentes penales del solicitante”, quedando excluidos los candidatos que tengan “pena de prisión efectiva” en su historial, a diferencia de las limitaciones actuales (solo más de tres años de prisión).

avozdetrasosmontes

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