Todos los médicos deben votar, todos, todos.

Sí, la Orden de Médicos (OM) está nuevamente en proceso electoral.
La revisión de su Estatuto, tan discutida y controvertida, así lo exige.
Todas las demás Órdenes profesionales, como la OM, ya han tenido o tendrán que celebrar estas elecciones provisionales para adaptarse a los nuevos Estatutos.
Una de las nuevas disposiciones legales, aplicable también a todas las órdenes nacionales, es el Consejo de Supervisión (CS). Este nuevo órgano deberá ser sometido a votación, como todos los demás órganos de gobierno de las Órdenes.
Es importante que los médicos, todos los médicos, conozcan bien este organismo, reconozcan su relevancia, con el objetivo de movilizarse para ejercer su derecho/deber de votar con la información necesaria.
Por tanto, la aclaración sobre la composición y los poderes del CS es esencial para la decisión de participar en estas elecciones.
La constitución de la CS, así como su existencia, es también común a todas las Órdenes y aquí radica su principal innovación, incluye a médicos y académicos u otros individuos. Además, de su total de 15 miembros, 9 procederán de universidades y/o con reconocido mérito (60%) y 6 serán doctores (40%).
Doce serán elegidos, por el universo electoral de los miembros de la OM, en una sola lista, con 6 médicos y 6 personalidades de instituciones de educación superior que habiliten académicamente el acceso a la profesión médica. En su primera reunión, estos doce miembros electos cooptarán, mediante votación secreta y mayoría absoluta, a tres personas de reconocido mérito, con conocimientos y experiencia relevantes para la actividad de la OM. Los 15 miembros elegirán, también en votación secreta, al presidente del CS, que no podrá ser médico.
El Estatuto del OM, en su artículo 63, define las amplias atribuciones de la CS. Su lectura revela la importancia y función primordial de este órgano.
El amplio espectro de sus funciones se extiende desde la formación al ejercicio profesional, desde el reconocimiento de competencias a la disciplina, desde la actividad de otros órganos de gobierno a la defensa del paciente, desde la aplicación de honorarios a la aprobación de remuneraciones y desde los conflictos de intereses a los casos omitidos y controvertidos.
La profesión médica y su ejercicio es un servicio público, que va más allá de esta extraordinaria profesión y de sus dedicados practicantes, porque implica una dedicación a las personas y a la comunidad, muy diferente a otras actividades profesionales.
En un momento en que, por razones generalmente ajenas a los médicos y a su Orden, la cuestión de la salud y sus vicisitudes ocupan gran parte de las preocupaciones de los portugueses, es importante que los médicos, individualmente y a través de la OM, sigan liderando este ámbito, a través del conocimiento, del ejemplo y de la transparencia.
El CS, su elenco y funciones, fueron impuestos a las Órdenes profesionales por el legislador. Ahora depende de nuestro arte e ingenio transformar lo que consideramos una intrusión en un beneficio para médicos y pacientes.
La presencia mayoritaria de miembros que, aunque no estén inscritos en el OM, tienen un buen conocimiento de la formación y profesión médica y del propio OM nos ofrece la oportunidad de que el CS pueda decidir de forma informada y, al mismo tiempo, sin supuestos conflictos de intereses. No basta que la mujer de César sea honesta...
¿Los médicos, en esta oportunidad crucial, se abstendrán de poder votar en el CS, como en todos los demás órganos del OM?
No lo creo, porque el fortalecimiento de la OM requiere un voto claro y expresivo que legitime sus órganos electos para el próximo mandato, que será decisivo para la afirmación de los derechos y deberes de los médicos y para la salvaguarda de la salud de todos los ciudadanos.
observador