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Conoce cómo deben actuar los despachos de cobranza

Conoce cómo deben actuar los despachos de cobranza

En un mundo ideal, todos pagan sus deudas, adquieren productos financieros que puedan costear y que estén al alcance del poder adquisitivo de cada quien; por ende, no habría problemas de pagos atrasados ni sobreendeudamiento.

No obstante, los créditos vencidos son una realidad, así como la falta de pago en las tarjetas de crédito revolvente en tiendas departamentales o contratos de servicio como telefonía y televisión por cable.

Para tratar de recuperar la cartera vencida, las entidades financieras, tiendas departamentales y empresas de servicios contratan lo que se conoce como despachos de cobranza para presionar al deudor al pago de sus obligaciones financieras.

Algunos usuarios han denunciado casos de acoso, conductas inaceptables y algunas violaciones a la privacidad por parte de los despachos de cobranza. Como clientes de banca y empresas que financian el consumo es importante saber las conductas que pueden y no pueden tener este tipo de entidades, así como saber a qué dependencia de gobierno recurrir en caso de tener alguna queja.

¿Qué documentos te debe presentar un despacho?

En el momento en que un despacho de cobranza te contacta tiene la obligación de presentarte una serie de datos y documentos que acrediten la legalidad de la existencia de la deuda, así como el acreedor y el desglose de ésta.

De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), estas entidades deben contar con una constancia de la existencia del adeudo e indicar todos los datos de la entidad comercial que contrató sus servicios para el cobro de la deuda.

Al informar sobre el monto de la deuda deben hacer un desglose de la cantidad correspondiente al monto principal, intereses de todo tipo, comisiones y todos los costos extra que estén contribuyendo al crecimiento de ésta.

Los despachos de cobranza tienen la facultad de reclamar el cobro extrajudicial de la deuda o llevar a cabo una negociación para la reestructuración de la misma. Si ese fue el caso, la Profeco advierte que te deben entregar los documentos que avalen dicha negociación y, al acabar de pagar, también deben entregar la carta de finiquito o no adeudo con la entidad comercial para la que trabajan.

Asimismo, para el caso de entidades que forman parte del sistema financiero, es decir, que están reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), los despachos de cobranza deben estar inscritos en el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco), donde el usuario podrá buscar para qué institución financiera trabajan.

Lo que no pueden hacer los despachos de cobranza

Las maneras en que pueden cobrarte un adeudo están bien estipuladas por la Profeco. Una de las quejas más habituales son las llamadas telefónicas y las visitas al domicilio del deudor; sin embargo, ambas tácticas están permitidas con algunas limitaciones.

El horario en que podrán proceder es entre las 7 de la mañana y las 10 de la noche. Tendrán que dirigirse al deudor de manera respetuosa y únicamente a los datos de contacto provistos por el deudor a la entidad comercial o financiera; es decir, no pueden llamar a terceros que no sean deudores solidarios.

Otro punto que está prohibido es el uso de carteles o pósteres que hagan referencia a la deuda, el uso de medios masivos de comunicación para hacer público el adeudo o el envío de correspondencia con leyendas exteriores que hagan referencia al mismo.

La Profeco también estipula que no se pueden hacer pasar por representantes judiciales o usar documentos que lo aparenten. Además, no tienen la facultad para recibir el pago de la deuda; éste deberá pagarse directamente a la entidad comercial o financiera.

¿A quién recurrir en caso de una queja?

En México, las entidades que contratan a los despachos son las encargadas de supervisar su comportamiento con el deudor, por eso existen dos dependencias a las que puedes recurrir.

Si la deuda es con una entidad comercial, como una tienda departamental o una empresa de telecomunicaciones, debes recurrir a la Profeco para emitir una queja. Si la deuda es con una entidad financiera, como un banco o una Sofipo, deberás acudir a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

Eleconomista

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